Mediante la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19, el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía y Comunidades Autónomas acordaron iniciar la fase 1 de la desescalada judicial desde el 12 de mayo, situación que se mantiene a día de hoy por acuerdo de los citados estamentos y que podrá prolongarse durante una semana más.
A la vista de lo anterior, veamos cuáles son las fases que se irán produciendo hasta llegar a la “nueva normalidad” de la Administración de Justicia y qué escenarios se irán abriendo en cada una de ellas:
A la vista de lo anterior, veamos cuáles son las fases que se irán produciendo hasta llegar a la “nueva normalidad” de la Administración de Justicia y qué escenarios se irán abriendo en cada una de ellas:
– Fase 1. «Inicio de la reincorporación programada»: acudirán a cada centro de trabajo entre un 30 y un 40% de los efectivos que presten servicio en ellos.
– Fase 2. «Preparación para la reactivación de los plazos procesales»: se iniciará cuando haya transcurrido al menos una semana desde el inicio de la fase I. Acudirán a cada centro de trabajo entre un 60 y un 70% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se estimara necesario.
– Fase 3. «Actividad ordinaria, con plazos procesales activados»: se iniciará siempre que hayan transcurrido al menos dos semanas desde el inicio de la fase II. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece.
– Fase 4. «Actividad normalizada conforme a la situación anterior al estado de alarma»: se iniciará en el momento en que se levanten las recomendaciones sanitarias que permitan retornar a la situación de funcionamiento anterior a dicha declaración. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos en su jornada ordinaria.
Sentado lo anterior, y como quiera que en la actualidad nos encontramos aún en plena fase 1, nos surgen las siguientes preguntas: ¿Puedo acudir a un abogado para iniciar un nuevo procedimiento? ¿Le darán trámite a este? ¿Puedo acudir personalmente al despacho profesional de mi abogado? La respuesta a todas estas cuestiones es SI; y es que, desde el pasado 15 de abril, el sistema procesal de presentación de escritos telemáticos, denominado Lexnet, quedaba de nuevo habilitado para la presentación de todo tipo de escritos, tanto para los iniciadores de nuevos procedimientos como para lo de continuación en la tramitación de los ya iniciados antes del Estado de Alarma.
Y, en cuanto a los plazos procesales, ¿desde cuándo se computarán de nuevo?
Según Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, esta situación se prevé inminente si bien habrá que esperar hasta que se acuerde el inicio de la fase 3, prevista para principios de junio en el escenario más optimista y a la que no se podrá acceder hasta que hayan transcurrido dos semanas desde la fase 2 y siempre que todos los parámetros de control así lo aconsejen. Será en esa fase 3, en la que se considera que existirá una actividad ordinaria, cuando se activen los plazos procesales.
¿Sabemos con seguridad si desde la primera semana de junio empezarán a contar de nuevo los plazos procesales? La respuesta es NO, debiendo esperar a ver en qué fase nos vamos encontrando, dado que así lo establece la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, y atender, en definitiva, a la propia evolución del Estado de Alarma.
Desde Pajuelo Abogados indicarles que todo nuestro personal se encuentra reincorporado a la actividad, estando a su servicio y a su disposición para responder a cualquier consulta sobre este o cualquier otro tema que deseen plantearnos. Sólo tiene que concertar una cita llamando al 657845178 o remitiendo un mail a info@pajueloabogados.com y uno de nuestros especialistas estará encantado de recibirles y atenderles.